Póliza de cumplimiento: qué es y cómo tramitarla
Si vas a contratar con una entidad pública, la garantía no es un trámite posterior: sin ella no hay firma ni acta de inicio. Esto es lo que te van a exigir y qué necesitas para tenerla a tiempo.
Actualizado: octubre de 2026
Qué es una póliza de cumplimiento
La póliza de cumplimiento —también llamada seguro de cumplimiento— respalda ante la entidad contratante el cumplimiento de las obligaciones que asumiste en el contrato. Si incumples, la entidad reclama a la aseguradora en vez de quedarse sin respaldo.
En contratación estatal se le llama garantía única porque un solo documento reúne varios amparos, cada uno con su propio porcentaje y su propia vigencia. La entidad define en el pliego cuáles exige.
Los amparos que suelen pedirte
- Seriedad de la oferta. Respalda que, si te adjudican, vas a firmar. Se presenta con la propuesta y se libera cuando se aprueba la garantía de cumplimiento.
- Cumplimiento del contrato. El núcleo de la garantía: cubre los perjuicios por incumplimiento y las multas o la cláusula penal pactadas.
- Buen manejo y correcta inversión del anticipo. Obligatorio cuando hay anticipo, y normalmente por el cien por ciento de ese dinero.
- Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. Responde si dejas obligaciones laborales pendientes con el personal del contrato. Su vigencia se extiende varios años más allá de la terminación.
- Estabilidad y calidad de la obra. En contratos de obra, cubre los defectos que aparezcan después de recibida. Es el amparo de vigencia más larga.
- Calidad del servicio o del bien. En suministros y servicios, responde si lo entregado no cumple lo pactado.
A esto suele sumarse la responsabilidad civil extracontractual, que no forma parte de la garantía única pero se exige en paralelo: cubre los daños que la ejecución del contrato cause a terceros ajenos a él.
Los porcentajes y las vigencias los fija el pliego. El régimen de garantías de la contratación estatal establece mínimos, pero cada entidad puede exigir más según el riesgo del contrato. Antes de cotizar conviene tener el pliego a la mano: es ahí donde están los valores exactos que debe decir la póliza.
Qué necesitas para tramitarla
- Certificado de existencia y representación legal, o cédula si eres persona natural.
- RUT.
- El contrato o el pliego con los amparos, porcentajes y vigencias exigidos.
- Estados financieros, cuando el valor del contrato lo amerita.
- Formulario de vinculación y conocimiento del cliente de la aseguradora.
La aseguradora estudia tu capacidad antes de expedir: no es un trámite automático. Por eso conviene empezarlo apenas conoces el pliego y no el día antes de firmar.
Errores que cuestan la adjudicación
- Vigencias mal calculadas. La de seriedad de la oferta debe cubrir hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento; si se queda corta, la propuesta se rechaza.
- Tomador equivocado. En consorcios y uniones temporales la póliza debe tomarse a nombre de todos los integrantes, con su participación.
- Valores sobre base incorrecta. Algunos amparos se calculan sobre el valor del contrato y otros sobre el del anticipo.
- Dejarlo para el final. El estudio de la aseguradora toma tiempo, y más si es tu primer contrato con ella.
Cómo te acompañamos
Revisamos el pliego contigo, verificamos que los amparos y las vigencias queden exactamente como los exige la entidad, gestionamos la expedición ante Seguros del Estado y te acompañamos si hay que modificar la póliza por prórrogas o adiciones del contrato.
Si el proceso está en SECOP II
La mayoría de los procesos de contratación estatal se adelantan hoy en SECOP II. Allí la garantía se carga en la plataforma y la entidad la revisa y la aprueba en el mismo sistema. Los rechazos más comunes vienen de datos que no coinciden: el tomador escrito distinto, el NIT de la entidad equivocado, un número de proceso que no corresponde o una vigencia que no cubre lo que pide el pliego. Revisamos esos datos contigo antes de que la cargues.
Preguntas frecuentes
¿La póliza de cumplimiento es obligatoria para contratar con el Estado?
Depende del proceso. La regla general es que la entidad exige garantías, pero la norma permite no pedirlas en algunos casos, como ciertas contrataciones directas o de mínima cuantía. Lo que diga el pliego o la invitación es lo que tienes que cumplir.
¿Cómo se entrega la póliza en SECOP II?
En los procesos que se adelantan en SECOP II, la garantía se carga en la plataforma y la entidad la revisa y la aprueba ahí mismo. Antes de cargarla verifica que el tomador, la entidad asegurada, el número del proceso o del contrato, los valores y las vigencias coincidan exactamente con lo exigido.
¿Cuánto se demora la expedición?
Depende de si la aseguradora ya conoce al contratista y del valor del contrato. Cuando hay que estudiar por primera vez la capacidad financiera del tomador, el trámite toma más tiempo; por eso conviene empezarlo apenas tengas el pliego.
¿Qué pasa si el contrato se prorroga o tiene adiciones?
La póliza debe modificarse para que las vigencias y los valores sigan cubriendo el contrato. Si no se ajusta, la parte prorrogada o adicionada queda sin el respaldo que exige la entidad, y esta te pedirá corregirlo.
¿Quién expide la póliza?
AsiSeguros es una agencia de seguros: actúa como intermediario. La póliza la expide Seguros del Estado S.A., compañía vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Más respuestas sobre esta póliza en las preguntas frecuentes del catálogo.
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